Acerca de esta herramienta
Por qué usar esta herramienta
Los gastos de compra de una vivienda en España — impuestos, notaría, registro, gestoría, tasación — suelen añadir un 10–13 % al precio, cifra que sorprende a muchos compradores primerizos. Anticiparlos con precisión permite dimensionar el ahorro necesario y evitar quedarse corto en la firma. Estos gastos son distintos según se compre vivienda nueva o usada y varían por comunidad autónoma.
Cómo funciona el cálculo
Componentes principales: (1) Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para segunda mano — 6 % en Madrid; en Cataluña, escala progresiva por tramos (10 % hasta 600.000 €, 11 % hasta 900.000 €, 12 % hasta 1,5 M€, 13 % por encima); 9 % general en la Comunidad Valenciana desde el 1 de junio de 2026 (antes 10 %), con tipos reducidos para jóvenes menores de 35 años y familias numerosas; 8–10 % en otras CCAA; o IVA 10 % + Actos Jurídicos Documentados (AJD) 0,5–1,5 % para vivienda nueva. (2) Notaría (arancel oficial, 600–1 200 €). (3) Registro de la Propiedad (400–800 €). (4) Gestoría (300–500 €, opcional pero exigida por el banco si hay hipoteca). (5) Tasación oficial (250–500 € pagada por el banco desde Ley 5/2019, pero repercutida).
Ejemplo concreto
Compra de piso de segunda mano en Madrid por 200 000 €: ITP 6 % = 12 000 €, notaría 900 €, registro 500 €, gestoría 400 € = unos 13 800 € (6,9 % del precio). El mismo piso en Cataluña, dentro del primer tramo del ITP catalán (10 % hasta 600.000 €), sube a 21 800 € (10,9 %). Vivienda nueva de 200 000 € en Madrid: IVA 20 000 € + AJD 1 200 € + gastos = unos 23 500 € (11,7 %).
Consejos prácticos
Consulta el tipo exacto de ITP de tu comunidad en la web de la Agencia Tributaria autonómica — puede haber tipos reducidos (jóvenes menores de 32, familias numerosas, vivienda protegida). Si compras vivienda nueva, negocia que el promotor asuma el AJD (habitual en promoción). Desde la Ley 5/2019, la mayoría de gastos hipotecarios los paga el banco (notaría hipoteca, registro, gestoría, tasación). Pide siempre presupuesto por escrito al notario — los aranceles son oficiales pero varían según complejidad. Considera contratar un asesor fiscal colegiado para operaciones complejas (herencia, permuta).
Aviso
Esta estimación es orientativa. Los tipos y bonificaciones cambian por CCAA y por año fiscal. Para una cifra exacta consulta al notario, al Colegio de Registradores o a un asesor fiscal REAF. Esta herramienta no sustituye el asesoramiento legal profesional.