IRPF por comunidad autónoma 2026: tramos, mínimos y deducciones

IRPF por comunidad autónoma 2026: tramos, mínimos y deducciones

19 de septiembre de 2026

Dos personas con el mismo salario, en la misma empresa, pueden pagar cantidades distintas de IRPF solo por vivir en comunidades autónomas diferentes. No es un error ni una leyenda urbana: así está diseñado el impuesto desde hace más de dos décadas. Esto es lo que cambia según dónde resides, y lo que no.

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Dos escalas, una sola cuota: cómo se calcula tu IRPF

El IRPF no es un único impuesto con un único tipo: se divide en una cuota estatal y una cuota autonómica, cada una calculada sobre su propia escala de tramos, y la suma de ambas es lo que realmente pagas. La escala estatal la fija el artículo 63.1 de la LIRPF y es idéntica para todo el territorio de régimen común: 9,5 % hasta 12.450 €, 12 % hasta 20.200 €, 15 % hasta 35.200 €, 18,5 % hasta 60.000 €, 22,5 % hasta 300.000 € y 24,5 % a partir de ahí.

La escala autonómica, en cambio, la fija cada comunidad con total libertad dentro de los límites de la ley: puede copiar la escala estatal, suavizarla o endurecerla, tramo por tramo. Por eso dos nóminas idénticas en Madrid y en la Comunitat Valenciana no dan el mismo neto: la parte estatal es igual, la autonómica no.

El tramo autonómico, comunidad por comunidad

Estas son las cinco comunidades con más población y búsquedas, con su escala autonómica resumida en el tipo mínimo y máximo, y el marginal máximo combinado (estatal + autonómico) que soporta la última parte de una renta alta:

ComunidadTramo autonómicoMarginal máximo combinado
Madrid8,5 % — 20,5 %45,0 %
Cataluña9,5 % — 25,5 %50,0 %
Andalucía9,5 % — 22,5 %47,0 %
Comunitat Valenciana8,8 % — 29,35 %53,85 %
Galicia9 % — 22,5 %47,0 %

Andalucía es la única de las cinco cuya escala autonómica coincide exactamente con la estatal, tramo por tramo. La Comunitat Valenciana acaba de rebajar su escala para 2026 —los once tramos bajan respecto a 2025, cuando el marginal máximo era 29,5 %—, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026: se aplicará por primera vez en la campaña de la Renta de 2026, en la primavera de 2027. El resto de comunidades mantiene su escala sin cambios respecto al ejercicio anterior.

País Vasco y Navarra: un sistema aparte, no una sexta comunidad más

El País Vasco y Navarra no aplican el sistema que acabas de leer. Ambos tienen su propio régimen fiscal completo —el Concierto Económico en el País Vasco y el Convenio Económico en Navarra—, con base en la Constitución, que les permite regular y recaudar directamente sus propios impuestos en lugar de aplicar la escala estatal más un tramo autonómico. Y el caso vasco tiene una capa más de complejidad: no existe una única escala para todo el País Vasco, sino tres, una por cada Diputación Foral (Álava, Gipuzkoa y Bizkaia), cada una con sus propios tramos, mínimos y deducciones. Si resides en cualquiera de estos territorios, las cifras de este artículo no te aplican: consulta directamente a tu Diputación Foral o a la Hacienda Foral de Navarra.

Deducciones propias de cada comunidad

Además de fijar su propio tramo, cada comunidad aprueba sus propias deducciones, que se restan de la cuota autonómica y no existen en el resto de España. Esta es solo una muestra ilustrativa, no una lista completa — cada comunidad suele tener varias decenas:

  • Madrid: escolarización en el primer ciclo de educación infantil (0-3 años), hasta 1.031 € por hijo.
  • Cataluña: alquiler de la vivienda habitual para menores de 35 años, 10 % de lo pagado con un límite de 500 € (1.000 € en declaración conjunta).
  • Andalucía: nacimiento, adopción o acogimiento familiar, 200 € por hijo (400 € en municipios con problemas de despoblación), sin límite de renta desde 2025-2026.
  • Comunitat Valenciana: alquiler de la vivienda habitual, entre el 20 % y el 30 % de lo pagado según tu situación (menor de 35 años, víctima de violencia de género o discapacidad).
  • Galicia: nacimiento o adopción, entre 360 € y 2.400 € según el orden del hijo y tu renta, con un 20 % más si resides en un municipio de menos de 5.000 habitantes.

El mínimo personal y familiar también varía

El mínimo personal y familiar es la parte de tu renta que no tributa porque se considera necesaria para cubrir tus necesidades básicas. El estatal lo fija la LIRPF en 5.550 € para un contribuyente sin descendientes ni ascendientes a cargo, pero cada comunidad puede aumentarlo o reducirlo hasta un 10 % para el cálculo de su propia cuota autonómica:

ComunidadMínimo del contribuyente
Estatal5.550 €
Madrid5.956,65 €
Cataluña5.550 €
Andalucía5.790 €
Comunitat Valenciana6.105 €
Galicia5.789 €

La Comunitat Valenciana no se queda a medias: sus 6.105 € son exactamente el 5.550 € estatal multiplicado por 1,10, es decir, el tope legal máximo que permite la LIRPF, sin margen para subir más. Cataluña, en cambio, no ejerce esta facultad en absoluto y mantiene el mínimo estatal sin ningún ajuste — buena prueba de que «cada comunidad puede» no significa «cada comunidad lo hace».

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Guía informativa basada en la normativa vigente a 19 de septiembre de 2026 (escala autonómica de la Comunitat Valenciana aplicable a partir de la campaña de la Renta 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026). No sustituye el asesoramiento de un asesor fiscal ni la información oficial de la Agencia Tributaria o de la agencia tributaria de tu comunidad autónoma.